Alcohol para perfumes

Alcohol para perfumes

Un empresario autónomo, persona física, está dado de alta en la actividad de “fabricación jabones tocador y productos perfumería”, dedicándose a la creación y fabricación de perfumes. Para ello debe comprar alcohol. ¿Qué debe hacer para poder obtener la exención de los impuestos especiales por la compra de alcohol?

Deberá inscribirse
Para aplicar la exención sobre el alcohol comprado con fines de fabricación de perfumes, el empresario deberá solicitar la inscripción del establecimiento en que vaya a utilizar el mencionado alcohol, en el registro territorial de la oficina gestora de aduanas e impuestos especiales correspondiente a dicho establecimiento.
En la solicitud se hará constar el nombre o razón social y número de identificación fiscal del proveedor o proveedores elegidos, así como el C.A.E. del establecimiento desde el que se efectúe el suministro.

¡Atención! Una vez autorizada la inscripción, se podrá proceder a la compra con exención de impuestos
especiales. No obstante el empresario estará obligado a llevar un libro registro de anotación diaria, con los litros de alcohol recibidos
y los litros de alcohol utilizados.

Normativa aplicada:
– Artículo 74, RD 1165/1995 de Impuestos Especiales.

Los fabricantes de perfume deben inscribirse en el correspondiente registro territorial de la oficina gestora de aduanas e impuestos especiales, si quieren gozar de la exención de los impuestos especiales sobre el alcohol.

TABLA DE CONTENIDO
  1. Alcohol para perfumes

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