Declaraciones de IVA, retenciones y pagos fraccionados

Declaraciones de IVA, retenciones y pagos fraccionados

Le recordamos que en el mes de abril debe hacer la presentación del IVA, de las retenciones a cuenta de Renta y del pago fraccionado de Sociedades (ejercicio en curso) y Renta (en este caso para empresarios y profesionales en estimación directa y objetiva), sin olvidarnos que también podrá presentar por Internet el borrador de Renta y de las declaraciones de Renta 2015 y Patrimonio 2015 desde el 6 de abril hasta el 30 de junio (con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta hasta el 25 de junio).

IVA, RETENCIONES Y PAGOS FRACCIONADOS

En concreto, el próximo día 20 de abril se ha de presentar y en su caso proceder al ingreso del 1º TRIMESTRE 2016 correspondiente al IVA y al pago fraccionado del IRPF en relación a las actividades empresariales y profesionales, así como al ingreso de las retenciones sobre los alquileres de locales de negocio y sobre las rentas de capital.

En el caso de sociedades, les recordamos también que el próximo día 20 de abril finaliza el plazo para presentar el primer pago fraccionado de 2016 del Impuesto sobre Sociedades.

Aquellas Sociedades que tengan la condición de gran empresa (volumen de operaciones superior a 6.010.121,04 Euros durante los 12 meses anteriores al inicio del período impositivo a cuenta del cual se realizan los pagos fraccionados), deben presentar obligatoriamente el modelo 202, con independencia de que no deban efectuar ingreso alguno en concepto de pago fraccionado.

Dicho modelo 202 debe presentarse obligatoriamente por vía telemática (aún cuando en consecuencia fuera «cuota cero»), siempre observando el plazo máximo de presentación, que finaliza el próximo 20 de abril (salvo que se domicilie el pago, en cuyo caso el plazo de presentación finaliza el próximo 15 de abril).

 

Renta y Patrimonio. Ejercicio 2015

Desde el pasado 6 de abril ha comenzado la campaña de Renta y Patrimonio 2015 con importantes novedades como consecuencia de la reforma del impuesto.

Por este motivo, les rogamos que, en el menor plazo posible, nos faciliten toda la documentación así como aquellos datos que les solicitamos para poder realizar la confección y presentación de dichas declaraciones.

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