Se hace saber que España ha actualizado su lista de paraísos fiscales para este 2023. En dicha lista se incluyen, 24 países y jurisdicciones que se consideran “no cooperativos”, según la nueva definición adoptada en ámbito internacional.
El fichero mantiene además, muchos de los territorios que ya estaban incluidos en la versión anterior, como Gibraltar o las Islas Caimán. Excluyendo a otros, como Liberia, e incorporando a seis nuevas jurisdicciones: Barbados, Guam, Palaos, Samoa Americana, Trinidad y Tobago y Samoa.
No obstante, hay que recordar que la disposición adicional primera de la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal, contiene la definición de países y territorios que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas. Señalando que tendrán esta consideración: “Los países y territorios, así como los regímenes fiscales perjudiciales, que se determinen por el Ministro de Hacienda mediante orden Ministerial”.
Conoce junto a Iniciativa Fiscal, todo lo que necesitas saber acerca de la actualización efectuada en la lista de paraísos fiscales 2023 en España.
¡Adelante!
Conoce la lista de paraísos fiscales 2023 para España
De acuerdo a lo dispuesto en la Orden HFP/115/2023 (BOE, 10-02-2023), se establecen los siguientes países, territorios y regímenes fiscales perjudiciales con consideración de jurisdicciones no cooperativas para España:
- Anguila.
- Baréin.
- Barbados.
- Bermudas.
- Dominica.
- Fiji.
- Gibraltar.
- Guam.
- Guernsey.
- Isla de Man.
- Islas Caimán.
- Islas Malvinas.
- Islas Marianas.
- Islas Salomón.
- Islas Turcas y Caicos.
- Islas Vírgenes Británicas.
- Islas Vírgenes de Estados Unidos de América.
- Jersey.
- Palaos.
- Samoa, por lo que respecta al régimen fiscal perjudicial (offshore business).
- Samoa Americana.
- Seychelles.
- Trinidad y Tobago.
- Vanuatu.
En consonancia, se mantienen países y territorios que ya figuraban en la lista de paraísos fiscales del Real Decreto 1080/1991 y, como novedad, se incorporan: Barbados, Guam, Palaos, Samoa Americana, Trinidad y Tobago y Samoa, por lo que respecta al régimen fiscal perjudicial (offshore business).
Finalmente, el resultado es un listado que ha adelgazado mucho con respecto a la primera versión, de 1991, que contaba con 48 territorios. Varios de ellos fueron saliendo a medida que firmaban acuerdos de intercambio de información y doble imposición, como Andorra o Panamá.
También dejaron de ser considerados paraísos fiscales Jordania, Líbano, Emiratos Árabes Unidos u Hong Kong y socios europeos como Malta, Chipre o Luxemburgo (que solo lo era para determinadas rentas), que están entre los principales inversores y receptores de capital hacia y desde España.
Régimen transitorio de los territorios fiscalmente censurables
Para finalizar, se establece un régimen transitorio en relación con los tributos cuyo período impositivo no hubiera concluido el 11 de febrero de 2023. Los países o territorios que tienen la consideración de jurisdicción no cooperativa en dicho período impositivo serán los países o territorios previstos en el Real Decreto 1080/1991.
Es decir, esta norma será de aplicación a los tributos sin período impositivo devengados a partir del 11 de febrero y a los demás tributos cuyo período impositivo se inicie desde ese momento. Con la excepción de los nuevos países o territorios incorporados que en este caso la entrada en vigor se producirá el 11 de agosto de 2023.
Artículo editado el viernes 17 de febrero de 2023.
Pedro Escudero, Responsable del Área Fiscal y Mercantil en Iniciativa Fiscal.
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