Impuesto de Sociedades 2021: principales novedades y modificaciones

A tenor de las aprobación de las modificaciones en las distintas normativas relacionadas con el Impuesto de Sociedades 2021 y dado el inminente inicio de campaña encaminado a la presentación del citado impuesto o modelo 200; desde Iniciativa Fiscal nos hemos propuesto actualizar conocimientos acerca del tema y comentar las principales novedades Impuesto Sociedades.

Plazo presentación Impuesto Sociedades 2021

Cada contribuyente del IS 2021 o del modelo 200, tendrá su propio plazo presentación Impuesto de Sociedades 2021 en función de la fecha de finalización estipulada de su período impositivo. Por lo tanto, si una empresa afirma que el período impositivo de su ejercicio empresarial coincide con el año natural, este año deberá presentar la declaración del Impuesto de Sociedades 2021 entre el 1 y el 25 de julio de 2022.

Si la empresa optase por domiciliar los pagos en una entidad de crédito colaboradora con la AEAT, el plazo presentación Impuesto Sociedades 2021 sería del 1 al 20 de julio.

Por otro lado, en el caso en el que el período impositivo no coincida con el año natural y la empresa finalice el ejercicio en un mes que cuente con 30 días, el plazo de los 6 meses se computará de fecha a fecha. Por ejemplo, si el período impositivo finalizase el 30 de junio, la empresa tendría un plazo de presentación del Impuesto Sociedades 2021 que concluiría el 30 de diciembre del mismo año.

¿Te encuentras en algunos de estos casos? Existen algunos de ellos que son más específicos, en los que os recomendamos concertar una cita previa con nuestros expertos para profundizar a la hora de tener en cuenta el plazo presentación del Impuesto de Sociedades 2021. Es el caso de los no residentes con establecimiento permanente, o los grupos fiscales y coorporativas que tributen con el régimen de consolidación fiscal a través del modelo 220.

Modificaciones en normativas relacionadas y que afectan al Impuesto de Sociedades 2021

Inicialmente y una vez consultadas las distintas modificaciones de las normativas que han sido aprobadas, desde Iniciativa Fiscal vemos conveniente resaltar algunas de ellas, ya que, tienen cierta correlación con el IS 2021. Éstas son:

  • Modificación en el Plan General de Contabilidad (PGC), trasponiendo parte del contenido de la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF 9) sobre instrumentos financieros.
  • Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC), en la que se desarrollan una serie de normas de valoración acerca del reconocimiento de ingresos por la entrega de bienes y prestación de servicios.
  • Ley de medidas de lucha contra el fraude fiscal.
  • Nueva regulación en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, en la que se crea la exención para evitar la doble imposición interna e internacional.
  • Ley 14/2021 de 11 de octubre, por medio de la cual se modifican los limites aplicables a las deducciones por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales, espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales realizados en Canarias.

5 principales novedades Impuesto Sociedades 2021

A continuación, venimos a mostraros las 5 principales novedades Impuesto Sociedades 2021 que desde Iniciativa Fiscal consideremos debes de conocer para poder realizar y presentar satisfactoriamente tu modelo 200 o tu modelo 220.

1. Límite en la deducibilidad de gastos financieros

Con efecto posterior, vigencia indefinida y para todos aquellos períodos impositivos que se inicien a partir del 1 de enero de 2021, se ha procedido a la modificación de la regulación que limita la deducibilidad de los gastos financieros.

Asimismo, se ha establecido que para la determinación del beneficio operativo, no se va a tener en cuenta la adición de los ingresos financieros que tengan que ver con dividendos de las participaciones en instrumentos de patrimonio. Siempre que, el valor de adquisición de dicha participación supere los 20 millones de euros, sin llegar a alcanzar el porcentaje del 5%.

2. Exención en dividendos y rentas derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades

De igual modo que el punto anterior, con efecto posterior, vigencia indefinida y para todos aquellos períodos que se inicien a partir del 1 de enero de 2021, nos encontramos con:

  • Se procede a la modificación de la exención sobre dividendos y rentas derivadas de la transmisión de valores representativos de los fondos propios de entidades residentes y no residentes, estableciendo que:
    • Estarán exentos aquellos que cumplan con el requisito de que el porcentaje de participación, de forma directa o indirectamente, en el capital social o en los fondos propios de la entidad, sea al menos del 5%, eliminando el requisito alternativo de que el valor de adquisición de la participación fuera superior a 20 millones de euros.
    • El importe que resultará exento será del 95% del citado dividendo o renta. No serán deducibles del beneficio imponible, los gastos de gestión asociados a tales participaciones, fijándose que su cuantía sea del 5% del dividendo o renta positiva obtenida. Esta limitación no será aplicable a empresas con un INCN inferior a 40 millones de euros y que no formen parte de un grupo mercantil durante un período limitado de 3 años.

3. Deducción para evitar la doble imposición económica internacional: dividendos y participaciones en beneficios

Tal y como ocurre en los casos previos, para los períodos impositivos iniciados con posterioridad al 1 de enero de 2021 y cuya vigencia sea indefinida, se entenderá con derecho a la deducción de dividendos o participaciones en beneficios pagados para evitar la doble imposición económica internacional cuando:

  • La participación en el capital de la entidad no residente sea de, al menos, un 5%.
    • La deducción no podrá exceder la cuota íntegra (CI) que correspondería pagar en España.
    • Dicha deducción dejará de aplicarse en los casos en los que, el valor de adquisición de la participación sea superior a 20.000.000 € y el porcentaje sea inferior al 5%. No obstante, se establece un régimen transitorio para dejar de aplicar la deducción en todos aquellos dividendos de participaciones superiores a 20.000.000 €, adquiridos en períodos impositivos anteriores a 2021 y que gozarán de dicha transición durante los años 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025.

4. Deducción por inversiones en producciones cinematográficas

Entre las novedades impuesto sociedades 2021, debemos hacer mención especial a la consideración de que los certificados requeridos pasan a ser vinculantes a los ojos de la AEAT, con independencia de su fecha de emisión. Esto además, se extiende a los contribuyentes que participen en la financiación y se le añade el limite incrementado al 50%, que se aplicaría también si se supera el 10% de la cuota íntegra (CI) reducida en las deducciones para evitar la doble imposición internacional (DDII) y las bonificaciones.

5. Otras novedades Impuesto Sociedades 2021

¿Qué otros factores externos influyen y se aplican como novedades Impuesto Sociedades 2021? Conócelos de la mano de Iniciativa Fiscal.

Brexit: Tras la salida efectiva de Reino Unido de la Unión Europea el 31 de enero de 2020, surgieron una serie de dudas que todavía siguen pululando acerca de cómo extender dicha actuación a la aplicación del Impuesto sobre Sociedades. La firma del convenio bilateral entre Reino Unido y España para evitar la doble imposición, seguirá siendo aplicable a partir del 1 de enero de 2021. A estos efectos, en el modelo 200 y el modelo 220, determinadas rentas que a raíz de las nuevas modificaciones dejan de estar exentas en aplicación de la normativa interna, continuarán considerándose como tal en aplicación del citado convenio.

Firma del convenido bilateral entre Reino Unido y España para evitar la doble imposición internacional.

SOCIMI: Se introduce un gravamen especial del 15% sobre el importe de los beneficios obtenidos en el ejercicio que no sean objeto de distribución, en la parte que proceda de rentas que no hayan tributado al tipo general de gravamen del IS, ni se traten de rentas acogidas al período de reinversión de 3 años. El citado gravamen, tendrá la consideración de cuota del Impuesto Sociedades 2021 y se devengará, el día del acuerdo de aplicación del resultado del ejercicio por la junta general de accionistas u órgano equivalente.

Gravamen especial del 15% sobre el importe de los beneficios obtenidos en el ejercicio.

¿Qué te ha parecido nuestro artículo acerca del Impuesto de Sociedades 2021, sus principales novedades y modificaciones? ¡Confía en nuestros expertos para presentar tu IS 2021! ¿Compartes tu opinión junto a nosotros y haces que otros conozcan Iniciativa Fiscal?

0 comentarios