¿Quién paga más impuestos un autónomo o un asalariado?

Esta es la eterna pregunta que muchos se hacen sobre todo cada vez que llega el momento de cumplir con Hacienda. 

Los asalariados piensan que ganarían más por su cuenta y los autónomos, sin embargo, piensan que al final solo trabajan para poder pagar impuestos.

Lo cierto es que no hay una respuesta mejor que otra, porque depende de varios factores: ingresos, deducciones, tipo de actividad…

Para ayudarte a tener una visión más clara, sobre si paga más impuestos un autónomo o un asalariado, te voy a explicar cada caso en detalle.

¿Qué impuestos paga un asalariado?

Cuando trabajas por cuenta ajena sabes que hay una diferencia entre el salario bruto que figura en tu contrato de trabajo y lo que recibes realmente cada mes en la nómina: el salario neto.

Esta diferencia se produce por la aplicación de los impuestos y el pago de la cotización a la Seguridad Social.

El famoso IRPF

Cada mes, tu empresa retiene una parte de su salario para ingresarlo en tu nombre a Hacienda, como adelanto de la declaración de la Renta.

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) grava todos los ingresos que hayas recibido en el año teniendo en cuenta tu situación personal (hijos, discapacidad, estado civil…).

El IRPF es un impuesto progresivo, es decir, tiene un sistema de tramos por el que, a mayores ingresos, mayor será el tipo impositivo que se aplica. Estas son las tablas de tramos que actualiza y publica Hacienda todos los años.

Base imponible: desde – hastaCuota de retención–EurosTipo aplicable
0,0012.450,0012.450,0019,00%
12.450,0020.200,007.750,0024,00%
20.200,0035.200,0015.000,0030,00%
35.200,0060.000,0024.800,0037,00%
60.000,00300.000,00240.000,0045,00%
300.000,00En adelante47,00%

La cotización a la Seguridad Social

La otra parte de los pagos obligatorios de un trabajador asalariado que se descuenta de la nómina, es la cotización a la Seguridad Social. 

Es verdad que la empresa paga una parte importante de la misma, pero, aún así, el trabajar se tiene que hacer cargo de una parte del coste:

  • Contingencias comunes: 4,70%
  • Desempleo: 1,55% (en contrato indefinido)
  • Formación profesional: 0,10%
  • Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI 2025): 0,13%

La suma total de todos estos conceptos es de un 6,48 % de la base de la cotización.

En este caso, también la empresa ejerce de mediador y retiene el importe para ingresarlo en nombre del trabajador en la TGSS.

¿Qué impuestos paga un autónomo?

Para poder comparar los impuestos de un asalariado con los de un autónomo, no puedes fijarte en la facturación total del autónomo, ya que no es su beneficio real.

Lo que debes tener en cuenta es lo que le queda al autónomo después de descontar:

  • El IVA, que no es un ingreso del autónomo porque es el impuesto que se aplica sobre el cliente y se recauda directamente para Hacienda. El autónomo solo hace de intermediario.
  • Los gastos fijos de su actividad: alquileres, suministros, seguros, herramientas, cuota de autónomos, etc.
  • Los gastos de difícil justificación, es decir, gastos variables que dependen de la facturación como materiales consumibles, servicios puntuales de publicidad, etc. Como no son fijos, se suele aplicar un 7% de los ingresos como estimación.

De esta forma equipara el rendimiento neto del autónomo con lo que sería el sueldo neto del trabajador por cuenta ajena.

A partir de aquí, los impuestos que se van a aplicar sobre el autónomo son los mismos que a los asalariados.

El IRPF

Como sabes, los autónomos pueden tributar por estimación directa o por módulos (estimación objetiva). Como esta última sólo se aplica en sectores concretos y bajo unos parámetros fijos, para simplificar voy a fijarme en la estimación directa.

A un autónomo por estimación directa se le aplica una retención de IRPF del 15% sobre el beneficio neto de su actividad, salvo si acaba de empezar, entonces puede aplicar el tipo reducido del 7%. 

La liquidación del impuesto se hace cada 3 meses con la retención aplicada en las facturas. 

Después, cuando se hace la regularización anual en la declaración de la renta, se revisan y calculan los ingresos totales reales y se ajusta el tipo que se va a aplicar finalmente, que suele ser mayor.

Esto es porque se van a utilizar las tablas del IRPF que te comenté antes porque son las mismas para todos, ya sean autónomos o asalariados.

La cuota de autónomos

La famosa cuota de autónomos es la aportación que hay que pagar cada mes a la Seguridad Social por ejercer su actividad por cuenta propia. 

Se diferencia de la de los asalariados en 2 puntos clave:

  • La cuota la paga entera el autónomo, mientras que el trabajador paga solo una parte.
  • La base de cotización y el importe a pagar no son fijos porque dependen de los ingresos netos anuales, según los tramos de cotización del sistema progresivo que se implantó en 2023.
TramosBase de cotización mínima en 2025Cuota mensual en 2025
Hasta 670 €653,59 €200 €
Entre 670 € y 900 €718,95 €220 €
Entre 900 € y 1.125,90 €849,67 €260 €
Entre 1.125,90 € y 1.300 €950,98 €280 €
Entre 1.300 € y 1.500 €960,78 €294 €
Entre 1.500 € y 1.700 €960,78 €294 €
Entre 1.700 € y 1.850 €1.143,79 €350 €
Entre 1.850 € y 2.030 €1.209,15 €370 €
Entre 2.030 € y 2.760 €1.274,51 €390 €
Entre 2.330 € y 2.760 €1.356,21 €415 €
Entre 2.760 € y 3.190 €1.437,91 €465 €
Entre 3.190 € y 3.620 €1.519,61 €490 €
Entre 3.620 € y 4.050 € 1.601,31 €515 €
Entre 4.050 € y 6.000 € 1.732,03 €530 €
6.000 € o más1.928,10 € 590 €

Por lo que para saber lo que debes pagar de cuota mensual, vas a tener que calcular tu salario neto mensual como autónomo de manera estimada. La regularización se hará al finalizar del ejercicio, para ver si tienes que pagar menos o te sale a devolver.

El tipo que se aplica sobre las bases mínimas de cotización para calcular las cuotas correspondientes es del 31,4% y es la suma de los siguientes conceptos:

Concepto de CotizaciónTipo (%)
Contingencias Comunes28,30%
Contingencias Profesionales1,30%
Cese de Actividad0,90%
Formación Profesional0,10%
Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)0,80%
TOTAL31,40%

Nota importante: la cuota de autónomos es un gasto deducible en el IRPF.

Ejemplo práctico: impuestos sobre autónomo vs impuestos sobre asalariados

Para entender mejor si al final pagarías más siendo autónomo que siendo asalariado (o viceversa), mejor verlo de manera práctica.

Imagina a un trabajador asalariado y a un autónomo con situaciones comparables: ambos son solteros, sin hijos y con unos ingresos similares.

  • El trabajador tiene un contrato fijo por el que cobra unos 25.000€ brutos al año.
  • El autónomo tiene unos rendimientos netos anuales de 25.000€, una vez descontados el IVA, los gastos deducibles, etc.

Los cálculos para cada uno de ellos son los siguientes.

Cálculo de las cuotas a la Seguridad Social

Estos son los cálculos de la cuota de Seguridad Social para un trabajador asalariado y para un autónomo.

Seguridad Social AsalariadoSeguridad Social Autónomo
Salario bruto anual:                              25.000€Rendimiento neto anual:                             25.000€
Salario bruto mensual:                      2.083,33€Rendimiento neto mensual:                     2.083.33€
Cotización S.S. 2025 (6,48 %):            135,00€Base mínima cotización S.S. (tablas):    1.274,51 €
Total anual Cotización S.S. 2025:  1.320,00€Cuota mensual cotización S.S.:                  390,00€
Total anual cotización S.S.:                   4.680,00€
Tipo de cotización:                                        31,40%

Aquí la diferencia entre la aportación del autónomo y la del trabajador es considerable, más del doble.

Cálculo del IRPF

Ahora, toca el turno al calculo del IRPF. Las tablas de tramos son las mismas para todos, lo que varía es la parte de calcular la base imponible en cada uno de ellos.

IRPF AsalariadoIRPF Autónomo
Rendimientos íntegros del trabajo:          25.000 €Rendimientos neto anual:                          25.000€
Reducciones fija rendimientos trabajo:  2.000,00€Gastos difícil justificación (7%):               1.422,40€
Gastos deducibles S.S.:                         1.320,00€                                 Gasto deducible Cuota S.S.:                   4.680,00€              
Base imponible:                                    21.680,00€Rendimiento neto:                                  18.897,60€              
1º Tramo tablas IRPF (19%):                 2.365,50€    1º Tramo tablas IRPF (19%):                  2.365,50€    
2º Tramo tablas IRPF (24%) resto:        2.215,20€    2º Tramo tablas IRPF (24%) resto:         1.547,42€    
Cuota previa IRPF:                              4.580,70€Cuota previa IRPF:                                3.912,92€

En el IRPF la ley considera que debe de quedar exento de impuestos un importe mínimo personal y familiar de 5.550€ que se aplica a todos los declarantes. Es decir, que los primeros 5.500€ no tributan, con lo cual a estos no se les debe aplicar el 19% del primer tramo.

Por lo tanto, a la cuota previa del IRPF tendríamos que restarle en ambos casos el importe correspondiente a esta exención:

5.550€ x 19% (1º tramo tablas) = 1.054,50€

Con lo que el pago del impuesto quedaría de la siguiente forma:

  • Cuota final IRPF asalariado:    4.580,70€ – 1.054,50€ = 3.526,20€
  • Cuota final IRPF autónomo:    3.912,92€ – 1.054,50€ = 2.858,42€

Entonces, con respecto al pago de IRPF, va a pagar menos el autónomo que el trabajador asalariado. 

Las diferencias entre lo que paga de impuestos un autónomo y un trabajador son las siguientes:

  • El autónomo paga mucho más en concepto de Seguridad Social. Esta es la mayor diferencia y lo que hace que la carga fiscal total (SS + IRPF) sea mayor para el autónomo.
  • El autónomo paga menos IRPF, sobre todo porque su cuota de Seguridad Social es un gasto deducible que reduce su base imponible.
Pagos ImpuestosAutónomoTrabajador asalariado
Seguridad Social4.680,00€1.320,00€
IRPF2.858,42€3.526,20€
Total impuestos7.538,42€4.846,20€

Y con todo esto podemos concluir que, con los mismos ingresos (25.000€), resulta más rentable ser trabajador asalariado, porque éste recibe más dinero neto total anualmente para su vida personal (una vez pagados SS e IRPF) que si fuera autónomo.

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