¿Se puede dar de alta a un trabajador en sábado o domingo?

Al momento de contratar a un nuevo trabajador tienes que asegurarte de que el trámite está bien hecho desde el principio para evitar problemas legales o sanciones que añadan costes a la empresa. Pero, ¿qué ocurre si la contratación coincide con el fin de semana? ¿Es posible hacerlo? ¿Qué pasa si el trabajador se incorpora a su puesto sin estar dado de alta?

En este artículo te explico en profundidad si se puede dar de alta a un trabajador en sábado o domingo, veremos qué se necesita para notificar el alta en esos días y qué ocurre si empieza en la empresa antes de regularizar su situación. ¡Vamos!

¿Se puede tramitar el alta en la Seguridad Social un sábado o un domingo?

La respuesta rápida es: sí, es posible dar de alta a un trabajador en fin de semana. Desde que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) opera a través del sistema digitalizado RED, la oficina telemática está operativa 24 horas los siete días de la semana.

Así que, en realidad, no hay ningún impedimento técnico para tramitar una solicitud de alta en sábado o domingo. Eso sí, este trámite siempre debe estar totalmente completado antes de que el trabajador comience a desarrollar su actividad profesional en la empresa ya que si no, puedes incurrir en una infracción grave.

Resumiendo: no importa si es un día inhábil en las oficinas físicas de la Tesorería General de la Seguridad Social ya que el sistema informático permite que se comunique de forma digital y tiene efecto en ese mismo día.

¿Qué ocurre con los festivos?

Si se puede dar de alta a un trabajador en sábado o domingo, los festivos tampoco suponen ningún problema a los empleadores. El sistema RED no pone trabas por calendario laboral siempre y cuando el alta se comunique antes del inicio previsto de la jornada laboral.

Esto es especialmente interesante para negocios que tienen picos de trabajo puntuales con necesidades urgentes de personal.

¿Qué hay que tener en cuenta?

Aunque se puede dar de alta a un trabajador en sábado y domingo con el sistema RED, para hacer este trámite hay que tener listos una serie de trámites previos. Si no has dado los siguientes pasos, el alta no será efectiva en el plazo que te interesa:

  • Debes estar dado de alta como empresario en la Seguridad Social. Para poder inscribir a un trabajador necesitas contar con un número de identificación. 

Es decir, debes presentar los modelos requeridos por la Tesorería General de la Seguridad Social antes del inicio de la actividad de tu empleado. 

  • Afiliar al trabajador a la Seguridad Social. Esto solo es necesario si es la primera vez que trabaja esa persona. Esta afiliación le proporciona un código único que le reconoce como trabajador. 

Una vez que tenga ese número ya puede procederse al alta formal. La solicitud de alta puede presentarse en la TGSS hasta 60 días naturales antes del inicio de la relación laboral.

  • Registrar el contrato en el Servicio de Empleo Público Estatal (SEPE). Una vez hecha el alta del trabajador, la copia del contrato laboral debe registrarse en el SEPE. 

Este trámite no es necesario hacerlo de forma previa al inicio de la actividad ya que se dispone de un plazo de 10 días tras el alta para completarlo.

¿Qué ocurre si el trabajador empieza a trabajar sin estar dado de alta?

Tener a un empleado trabajando en la empresa sin estar dado de alta está contemplado como una infracción muy grave y las consecuencias pueden ser costosas. Según la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS), las sanciones son:

  • Económicas: desde los 3.750 en su grado mínimo a los 12.000 € en el grado máximo. Si además esa persona está cobrando el paro la multa asciende de una forma importante.

Y si se da el caso de que el trabajador sufre un accidente laboral sin estar dado de alta las consecuencias para la empresa pueden ser demoledoras.

  • Obligación de cotizar retroactivamente: la Seguridad Social puede exigir que cotices como si tu trabajador hubiera estado dado de alta desde el primer día trabajado.
  • Añadir recargos: es muy posible que, al ingresar las cotizaciones fuera de plazo, se apliquen recargos a los pagos.
  • Perder bonificaciones: si la empresa cuenta con algún tipo de bonificación, puede perderse si no se ha cumplido el requisito de tener a los trabajadores registrados en plazo.

¿Qué hacer para asegurarse de que un trabajador está dado de alta en plazo?

Aunque sea legal dar de alta a un trabajador en sábado, domingo o festivo, debes asegurarte de que ese registro se haga efectivo antes del inicio de la jornada laboral de esa persona.

Una forma segura de hacer los trámites para evitar incurrir en faltas graves con la Seguridad Social es planificar bien el alta y elegir un día laborable en el que puedes asegurarte de que las oficinas están abiertas y puedes consultar tus dudas con la administración en caso de tenerlas. 

De todas formas, si existe una necesidad urgente de incorporar a ese trabajador, es preferible hacer el alta un día inhábil a permitir que trabaje sin tener su situación regularizada.

Como ves, sí se puede dar de alta a un trabajador en sábado, domingo o festivo pero se trata de un trámite que necesita de buena planificación. 

En Iniciativa Fiscal encontrarás profesionales con experiencia que pueden hacer ese procedimiento por ti.

Si tienes dudas de cómo dar de alta a tus trabajadores o cómo gestionar diferentes aspectos fiscales, económicos y legales de tu empresa, en Iniciativa Fiscal podrán ayudarte a:

  • Configurar tu acceso al sistema RED.
  • Realizar las altas por ti.
  • Crear un protocolo para altas urgentes.
  • Hacer una evaluación de riesgos frente a una inspección laboral.
  • Dar soporte con todo lo relacionado con tus trabajadores.

Recuerda que aunque sea posible hacerlo, es mejor esperar un día más para dar de alta a un trabajador que hacerlo mal o, incluso, permitirle que trabaje sin tener su situación en orden. Confía en Iniciativa Fiscal y asegúrate de que tu empresa cumple correctamente con la normativa.

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