De acuerdo a lo acontecido y tras la publicación efectuada en la web del Ministerio de Hacienda el 29 de junio de 2022, se procedió a la regulación de los nuevos modelos de control de la información entre hacienda y las criptomonedas.
En concreto, se aprobaron tres nuevos modelos para complementar la normativa dentro del conocido como modelo 720 criptomonedas. Estos Proyectos Órdenes a los que hacemos referencia, parten del modelo 721 criptomonedas. Un proyecto en el que se reglamenta la declaración informativa sobre criptomonedas situadas en el extranjero.
Por otro lado, el modelo 172 criptomonedas establece unas bases legales en su declaración informativa acerca de los saldos en monedas virtuales en España. Asimismo, el modelo 173 criptomonedas, también hace referencia a las monedas virtuales sitadas en el país español. Esclareciendo en este caso, una normativa en su declaración informativa, acerca de las propias operaciones con las citadas monedas virtuales.
Desde Iniciativa Fiscal nos proponemos recordarte brevemente y ponerte en antecedentes hablando del modelo 720 a la vez que, explicarte de forma más extensa, toda la información relativa a estos tres nuevos modelos.
¿Te unes a nosotros?
Las especificaciones en el modelo 720 criptomonedas como punto de partida ¿Qué es y quiénes deben presentarlo?
Así es, para entender el resto de conceptos, debemos comprender primero las especificaciones dentro de esta normativa. El modelo 720 criptomonedas se entiende o define como, una declaración informativa sobre bienes y derechos que se sitúan o ubican en el extranjero. Teniendo un marco regulatorio las propias criptomonedas dentro de esta normativa no tan clarificadora como pueda parecer.
Obligación de presentar el modelo 720
Tendrán la obligación de presentar el citado modelo, todos aquellos titulares, autorizados, representantes, beneficiarios, personas o entidades con poderes de disposición o que sean titulares de cuentas en entidades financieras situadas en el extrajero.
A esto se le suma, la obligación relacionada con las criptomonedas. Se debe informar sobre todos aquellos valores, derechos, rentas o seguros obtenidos fuera del territorio nacional. Al igual que, sobre los derechos de bienes situados fuera de España.
Hacienda y las criptomonedas ¿Cuándo se entiende que una criptomoneda está en el extranjero?
Tendrán la consideración de criptomonedas en el extranjero cuando la persona, entidad, o establecimiento permante que los custodie y que proporciene servicios para salvaguardar las claves criptográficas privadas en nombre de terceros, así como para mantener, almacenar o transferir dichas monedas, no estuviesen obligados a declarar el IRPF o los correspondientes impuestos como el impuesto sobre sociedades, el impuesto sobre el patrimonio o sobre la renta de no residentes.
¿Quién debe presentar el modelo 721 criptomonedas?
Todos aquellos particulares sean beneficiarios, autorizados u apoderados, que operen con criptomonedas en el extranjero.
¿Qué información debe incluir según lo dispuesto entre hacienda y las criptomonedas?
Entre otras cuestiones, la información necesaria a incluir en el modelo 721 referido será:
- Datos de identificación y personales del declarante: nombre y apellidos, dirección, número de teléfono y número de indetificación fiscal.
- Recuento del número de monedas al inicio y al final del balance a 31 de diciembre. Dejando constancia y refiriendo todas aquellas que se han recibido y las que se han enviado.
- Monedas virtuales en unidades declaradas (cotización media a 31 de diciembre).
- Información relativa a la plataforma que custodia los activos (nombre, NIF o número de identificación en el país de residencia y domicilio).
- Código del páis de residencia fiscal del sujeto o de la entidad que gestiona en cuestión. También será preciso en su caso, el código del país en el que se encuentre el domicilio de la persona o entidad que proporcine los servicios de salvaguarda.
- Número o claves públicas que se vinculen a la moneda virtual para que así, se indetifique el monedero electrónico del declarante.
¿Cómo se valorarán estos activos?
La forma empleada para la valoración de los activos en el modelo 721 criptomonedas será, tomando con referencia la cotización media a 31 de diciembre que ofrezcan las diferentes y principales plataformas de negociación.
Podría utilizarse en su defecto, los mecanismos de valoración utlizados comúnmente acerca de las estimaciones razonables del valor del mercado en euros.
Presentación del modelo 721
El modelo 721 criptomonedas parte de 0 al ser una ley de reciente creación. Se presentará por primera vez en lo referido al ejercicio 2022, entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2023.
Modelo 172 criptomonedas y modelo 173 criptomonedas
Ambos modelos informativos de gestión fundamentan su creación como medidas para favorecer la declaración a Hacienda de los saldos u operaciones con criptomonedas en España.
¿Quién debe presentar el modelo 172 criptomonedas? ¿Y el modelo 173 criptomonedas?
Para tales casos y entendiéndose que, lo que comentamos a continuación será de aplicación en ambas normativas, deberán presentar los citados modelos todas aquellas empresas o profesionales que tengan su residencia fiscal en España y que participen en el negocio de criptodivisas. Pudiendo ser: creadores de monedas, agencias de cambio o monederos virtuales.
También deberán hacerlo aquellos que presten servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de una tercera persona al objeto de mantener, transferir u almacenar monedas virtuales. Siendo este un servicio principal o en conexión a otra actividad.
Declaración informativa sobre saldo en monedas virtuales o modelo 172 según lo estipulado por hacienda y las criptomonedas
La regulación en este aspecto es clara. El modelo 172 obliga a las personas físicas o jurídicas a declarar los saldos de monedas virtuales, ya sean propias o de terceros (clientes).
Principalmente, está obligados a declararse los saldos que mantengan los titulares de monedas virtuales a cargo de quienes proporcionen servicios en nombre de una tercera persona para salvaguardar claves criptográficas privadas que posibiliten, la tenencia y utilización de las citadas monedas.
Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales o modelo 173 según lo estipulado por hacienda y las criptomonedas
El modelo 173 establece de igual forma la obligación informativa en este caso a las empresas, sobre todas y cada una de las operaciones en monedas virtuales que realicen, tanto en España como en el extranjero.
Destacando los casos de: adquisición, tranmisión, transferencia o permuta, así como pagos o cobros que se realicen en dichas monedas virtuales, en las que intervengan o medien, presentando formalmente relación nominal de sujetos. Indicándose el número de identificación fiscal, el domicilio, el número y la clase de monedas virtuales, la fecha de la operación y el precio.
Sin olvidarnos de, la afectación de este marco legal a las ofertas iniciales de nuevas monedas virtuales, respecto de las que se entreguen a cambio de otras monedas o de dinero en curso legal.
Fecha de presentación de ambos modelos
La presentación se realizará siempre, el mes de enero del año siguiente al que se corresponda la información declarada, teniendo por tanto, un carácter anual.
Novedades acerca de las obligaciones informativas para las criptomonedas por Hacienda en marzo 2023
Tras las últimas declaraciones, Hacienda se ha pronunciado modificando la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal e introduciendo una serie de obligaciones informativas relativas a la tenencia de monedas virtuales o criptomonedas.
Si quieres conocerlas, no te pierdas lo que te contamos en este artículo complementario sobre la nueva información sobre las criptomonedas.
Artículo reeditado el viernes 14 de abril de 2023.
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