Plazos máximos de los aplazamientos
Le informamos que la Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre (BOE de 20 de octubre), elevó el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de 18.000 a 30.000 euros, a partir del 21 de octubre de 2015.
Este cambio ha originado la modificación de la Instrucción 4/2014, de 9 de diciembre, de la Directora del Departamento de Recaudación de la AEAT, sobre gestión de aplazamientos y fraccionamientos de pago, en lo referente a la determinación de los plazos máximos de los aplazamientos o fraccionamientos de pagos exentos de garantía, el cual, se ha llevado a cabo a través de la Instrucción 6/2015, de 20 de octubre (que será de aplicación el día siguiente de su firma, es decir el 21 de octubre de 2015) , señalándose en los supuestos de solicitudes cuya resolución se realiza de forma automatizada en atención a la cuantía de la deuda, los siguientes plazos de concesión:
- Deudas de importe igual o inferior a 1.000 €: 3 plazos mensuales.
- Deudas superiores a 1.000 € e iguales o inferiores a 5.000 €: 9 plazos mensuales.
- Deudas superiores a 5.000 € e iguales o inferiores a 10.000 €: 12 plazos mensuales.
- Deudas superiores a 10.000 € e iguales o inferiores a 20.000 €: 18 plazos mensuales.
- Deudas superiores a 20.000 € e iguales o inferiores a 30.000 €: 24 plazos mensuales.
Se dictará el acuerdo en virtud de los plazos indicados, salvo que el obligado hubiera solicitado un número de plazos inferior, en cuyo caso, se concederá éste último.
Como siempre estaremos a su disposición para resolver cualquier duda o ampliar la información que precise.
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