Una de las principales preocupaciones de los nuevos autónomos es, una vez que finalice su primer año de actividad, ¿Qué pasará con su cuota de autónomos? ¿Cuánto tendrá que pagar en el segundo año?
La respuesta no es única porque va a depender de algunos factores. Así que hoy te voy a contar las opciones que existen para tu segundo año de autónomo.
La cotización de los nuevos autónomos
Seguro que conoces la tarifa plana para los nuevos autónomos. Es una cuota fija de 80 euros con la que pueden bonificarse quienes inician su actividad por cuenta propia.
Para poder acceder a esta cuota tienes que cumplir los siguientes requisitos:
- Ser nuevo autónomo o, si lo fuiste antes:
- Que hayas sido baja durante 2 años antes de la nueva alta.
- O 3 años si disfrutaste antes de la cuota fija.
- Estar al corriente de pago con la Seguridad Social y Hacienda.
- No ser autónomo colaborador (familiares de trabajadores autónomos).
Teniendo en cuenta que, según las tablas de cotización del 2025, la cuota más baja para un autónomo que esté en el tramo más bajo (653,59€) es de 200€ mensuales y que aumenta según aumentan tus ingresos, el ahorro durante el primer año es considerable.
En algunas comunidades autónomas como Andalucía, Madrid, Murcia o Baleares, además existe la llamada “cuota cero”, que consiste en que al final de tu primer año como autónomo se te reintegra todo lo que has pagado.
Pero para eso también tienes que cumplir los siguientes requisitos:
- Disfrutar de la tarifa plana estatal.
- Residir en la comunidad autónoma que concede esta ayuda.
- Estar al corriente de tus obligaciones fiscales con la Seguridad Social, Hacienda y la Administración autonómica cuando vayas a pedir la ayuda, y durante el tiempo que dure.
No obstante, lo más seguro es que en cada comunidad autónoma la Seguridad Sociales establezca algunos requisitos adicionales. Por eso, es mejor que te mantengas bien informado en la web autonómica que te corresponda.
Todo esto está muy bien, pero sólo dura un año y ¿después qué pasa con tu cuota?
¿Qué ocurre con la cuota en el segundo año de autónomo?
Cuando vas a empezar tu segundo año como autónomo, tu situación de partida puede ser diferente según cómo hayas cotizado durante el primero:
- Si lo hiciste directamente por tus ingresos reales.
- Si te acogiste a la tarifa plana de 80 €.
- Si te beneficiaste de la cuota cero en tu comunidad autónoma.
En cada caso, vas a poder hacer cosas distintas para seguir cotizando durante tu segundo año.
Si empezaste cotizando por ingresos reales
Como no has podido optar a la tarifa plana y, por consiguiente, tampoco a la cuota cero, ya estás aplicando el sistema de cotización por rendimientos netos.
Durante este segundo año (y siguientes) vas a continuar cotizando de la misma forma, con lo que sólo tendrás que revisar anualmente los tramos de las tablas de cotización por si existen variaciones y afectan a la cuota.
Por ejemplo, en 2025 la cuota mínima de los autónomos con rendimientos netos de hasta 670 € al mes es de unos 200 €. Así que, cuando Hacienda publique las tablas para 2026, deberás buscar el tramo según tus ingresos.
Si disfrutaste de la tarifa plana
En principio, al cumplir los 12 meses, la tarifa plana de 80 € finaliza y deberías pasar a pagar la cuota que te corresponda según las tablas de cotización.
Sin embargo, existe una excepción: si tus ingresos netos no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), podrás mantener la cuota reducida durante un año más.
Esto significa que durante tu segundo año como autónomo vas a poder seguir con la cuota fija 80 € al mes, lo que supone un respiro importante en los comienzos de la actividad.
Si accediste a la cuota cero
Si tienes la suerte de vivir en Murcia, Andalucía, Madrid o Baleares, y has podido disfrutar de la cuota cero, al finalizar tu primer año de autónomo tu comunidad autónoma te devolverá las cuotas que hayas pagado.
En casos muy determinados, existe la posibilidad de que estas ayudas (cuota cero) también se prolonguen durante el segundo año, siempre que continues cumpliendo con los requisitos que exija tu comunidad autónoma, como:
- Estar al corriente de pago
- Mantener la actividad
- No superar ciertos límites de ingresos
Pero para tu seguridad, consulta con tu administración autonómica
Ahora bien, si tu comunidad no concede la cuota cero en el segundo año, no significa que te quedes sin opciones.
Recuerda que para poder beneficiarte de la ayuda autonómica en el primer año ya estabas cotizando con la tarifa plana estatal de 80 €. Con la cuota cero lo que ocurría es que tu comunidad te devolvía esa cuota.
Por lo tanto, al entrar en el segundo año podrás seguir en 2 posibles situaciones:
- Si tus rendimientos netos no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI), podrás prorrogar la tarifa plana estatal y seguir pagando solo 80 € al mes.
- Si superas el SMI, tu cuota pasará a calcularse según tus ingresos reales, con un mínimo de 200 € mensuales.
De esta forma, la tarifa plana actúa como red de seguridad durante el segundo año, aunque tu comunidad ya no aplique la cuota cero.
Ejemplos prácticos de lo que pagarías en tu segundo año de autónomo
Aquí tienes una tabla con ejemplos prácticos para que puedas comparar fácilmente lo que puede ocurrir en tu segundo año de autónomo, según cual sea tu situación de partida:
| Situación al terminar el 1º año | ¿Qué puede ocurrir en el 2º año? | Ejemplo cuota mensual en 2025 |
| Cotizando por ingresos reales | Continuas en el sistema de tramos según tus rendimientos netos.Tu cuota cambiará en función de que aumenten o disminuyan tus ingresos, o la actualización anual de las tablas. | Ingresos 1.200 €/mes → 260 € de cuota |
| Con tarifa plana de 80 € | Si superas el SMI, pasas a pagar según ingresos reales.Si no lo superas, mantienes la tarifa plana un año más. | Ingresos 1.500 €/mes (supera SMI) → 294 € de cuota.Ingresos 1.000 €/mes (no supera SMI) → 80 € de cuota |
| Con cuota cero autonómica | Si tu comunidad prolonga la ayuda, podrías seguir con cuota cero.Si no, vuelves al sistema estatal y entonces tendrás de nuevo 2 opciones:Prorrogar la tarifa plana si no superas SMIEmpezar a pagar la cuota por ingresos reales según las tablas de cotización. | En Madrid, segundo año con cuota cero → 0 €. En Andalucía, ingresos 1.200 €/mes (se acaba la ayuda, pero por debajo del SMI) → 80 €. Si supera el SMI → 260 € |
Resumiendo, en tu segundo año como autónomo, la cuota dependerá de cómo fue tu primer año cuando empezaste: si cotizaste por ingresos reales, si tuviste tarifa plana o si accediste a la cuota cero.
Como ves, calcular bien tu cuota y no perder ninguna bonificación es clave para evitar pagar más y aprovechar al máximo las ayudas disponibles. Por eso, contar con profesionales expertos como Iniciativa Fiscal, te dará la tranquilidad y seguridad que necesitas para continuar con tu negocio.







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